SER PARTE EN UN CONFLICTO INVITA A FORMAR PARTE DE SU SOLUCIÓN

Con esta idea se construye una Mediación. Un proceso donde la voluntad de las partes enfrentadas es llegar a una solución consensuada y de buena fe.
¿Quién no ha conocido de problemas entre hermanos, o primos, dentro de una empresa familiar?¿Cómo acaban resueltos? viviendo un infierno, liquidando la empresa …

Puede no encontraremos la más mínima posibilidad de acuerdo y cualquier esfuerzo en este sentido es infructuoso, pero de verdad las dos partes enfrentadas, ¿a fin de que no querían lo mismo? ¿conseguir que la empresa fuera más rentable, más competitiva, más productiva, más humana, en definitiva, mejor?

En la empresa, como en todo ámbito de la vida, los conflictos forman parte del día a día y en ocasiones, a pesar de estos, nos sirve para reorientar el camino a seguir.

La Mediación es un instrumento del que se habla mucho últimamente, pero de lo que se conoce muy poco. A menudo cuando vivimos un conflicto importante, pensamos sólo en poner una demanda judicial a la otra parte para que nuestros derechos sean defendidos.

Es poco frecuente en el ámbito mercantil, llegar a un acuerdo firmado entre partes con una validez tanto reconocida como lo puede ser un laudo arbitral o una misma sentencia judicial.

Habría que recordar sin embargo, que en Europa ya es obligatoria en muchos países a fin de que los juzgados no vivan en el colapso cotidiano, a la vez que se valora como muy favorable que las partes resuelvan el conflicto con un acuerdo consensuado, no impuesto. Acuerdo que surge desde el conocimiento más profundo de la situación.

Para desarrollarlo, el profesional de la Mediación basa su trabajo en los principios de la confidencialidad, neutralidad, y evidentemente, de la voluntariedad de las partes, con el fin de alcanzar el objetivo final del consenso, ya sea total o parcial, no forzando a cerrar un acuerdo que no sea viable y duradero en el tiempo.
El proceso de Mediación no es un esquema cerrado, más bien abierto a que las partes puedan intervenir en el momento y en el lugar que les sea más adecuado, pudiéndose iniciar de manera rápida, y no alargándose más de cinco o seis sesiones.

Los acuerdos finales quedan reflejados en un acta con carácter vinculante, que pueden ser Elevados a Público si las partes así lo prefieren.
Desde ASCAMM creemos que nuestros asociados dispondrán de las herramientas más ventajosas y en este sentido le damos a conocer el nuevo Servicio de Mediación, formado por profesionales homologados por el Ministerio de Justicia, e inscritos en el Registro de Mediadores de Derecho Civil de la Generalidad de Cataluña.

Para más información puede dirigirse a nuestro correo: mediacio@ascamm.org